martes, 31 de enero de 2012

anapixel

Nace ‘Emprendedores & Empleo’

Desde el 4 de febrero EXPANSIÓN ofrecerá nuevos contenidos sobre emprendedores y creación de empresas que se añadirán a los que ya brinda ‘Expansión& Empleo’. Es una nueva sección diaria de lunes a viernes a la que se suma el suplemento de fin de semana y una versión online.

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Igual que siempre, pero mejor que nunca. Coincidiendo con el duodécimo aniversario de Expansión & Empleo, el diario EXPANSIÓN ha decidido ampliar y mejorar los contenidos de este suplemento y de su versión online, consolidada como una referencia indispensable para los profesionales de recursos humanos y para cuantos se interesan por el empleo y el desarrollo profesional.
A partir del 4 de febrero Expansión & Empleo se convertirá en Emprendedores & Empleo, con una nueva oferta informativa que incluirá los contenidos habituales y una variedad de coberturas sobre la creación de nuevos negocios.
Emprendedores & Empleo es una sección diaria que aparecerá de lunes a viernes en la edición impresa del periódico (desde el 6 de febrero), a la que se añade el suplemento de fin de semana (sábados en EXPANSIÓN y domingos en el suplemento Mercados de El Mundo), y una versión online con contenidos propios y herramientas útiles para emprendedores, que también estará renovada con ese nuevo enfoque desde el 4 de febrero.
La amplia oferta informativa para aquellos que piensen crear una empresa o tengan ya la suya propia se referirá habitualmente a ideas de negocio, planificación, posibilidades y consejos sobre financiación, viveros de empresas, historias y perfiles de éxito, retribución, formación, reclutamiento, asesoría legal y laboral, franquicias y nuevas oportunidades de negocio, productividad, management, nuevas tecnologías, márketing y ventas, gestión de crisis, tendencias, nuevos sectores con futuro y profesiones, recursos humanos o comunicación.
Los nuevos enfoques para emprendedores se incluirán asimismo en la versión online de Emprendedores & Empleo, que contarán con contenidos diarios diferenciados de la versión impresa y a los que se irán añadiendo recursos permanentes como guías y páginas amarillas para emprendedores, consultorios y opiniones de expertos, calendarios fiscales e impositivos, buscadores de ayudas y subvenciones y fichas informativas.

lunes, 23 de enero de 2012

Trámites y documentos para registrar una marca, una vez elegido el nombre.


Una vez hemos elegido el nombre de nuestra marca, uno de los primeros pasos a realizar sería solicitar en la Oficina Española de Patentes y Marcas un informe previo para comprobar que está libre. En el buscador online de la OEPM podemos realizar la búsqueda de forma gratuita, pero este servicio no nos da las mismas garantías que ofrece el informe.
Para llevar a cabo el registro se tendrá que presentar la solicitud en las oficinas. Ahora bien, esta solicitud la puede realizar una persona directamente, a través de representante (con autorización) o agente de propiedad industrial.
Hay que tener en cuenta algunos casos especiales, como por ejemplo, que las personas no residentes en un Estado miembro de la Unión Europea tendrán que realizar la solicitud a través de Agente de Propiedad Industrial y aquellas personas residentes en un Estado miembro tendrán que designar un domicilio en España para llevar a cabo la solicitud ellos mismos. La solicitud podrá pertenecer a varias personas.
Es importante preparar la documentación necesaria para registrar la marca, ya que evitaremos hacer el proceso aún más lento. Se debe presentar una declaración en que la que solicitamos la marca, identificando al solicitante y en la que conste su firma. La forma en la que conste la marca tendrá que ser aclarada en la solicitud, ya sea una denominación, diseño, gráfico o la combinación entre ellas. También debemos especificar aquellos productos o servicios en la que la usaremos. Además todos estos datos deben estar cumplimentados en un documento oficial que podremos obtener a través del sitio web de la Oficina Española de Patentes y Marcas. A este documento le tendrán que acompañar:
-       El justificante del pago de la tasa perceptiva. A la hora de registrar una marca existe una clasificación de 45 categorías diferentes, por tanto tendremos que pagar las tasas de las categorías en las que se quiere registrar la marca.
-       En el caso de ser necesario representante, éste tendrá que ir acompañado de la autorización.
Después de todas estas pautas, solo nos hace falta saber ¿dónde entregamos nuestra solicitud? Éstas tendrán que ser presentadas en las oficinas de la OEPM del Paseo de la Castellana 75, Madrid. Pero también puede presentar las solicitudes en las Comunidades Autónomas en las que el solicitante:
-       Haya establecido su domicilio.
-       Tenga el establecimiento industrial o comercial efectivo.
-       El representante designado tenga su domicilio.
Por último los solicitantes podrán enviar las solicitudes al órgano competente desde las oficinas de Correos, en sobre abierto, por correo certificado y con acuse de recibo.
Los solicitantes podrán también presentar sus solicitudes en los siguientes lugares, siempre dirigidas al órgano que resulte competente según lo señalado previamente. Asimismo el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común señala otros organismos oficiales donde se podrían entregar (como, por ejemplo, Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno, Áreas de industria y Energía).



 Enlace web: http://encasadeherrero.es/los-tramites-y-documentos-para-registrar-una-marca

lunes, 16 de enero de 2012

Las PYMES crean más y destruyen menos trabajo que las grandes empresas. Las PYMES y los autónomos son los que levantan un país.

Las pymes europeas crearon el 85% de los nuevos puestos de trabajo entre 2002 y 2010.



Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) europeas crearon entre 2002 y 2010 el 85% de los nuevos puestos de trabajo en el conjunto de Estados miembros, es decir, 1,1 millones de nuevos empleos cada año de media durante este periodo, según un informe publicado este lunes por la Comisión Europea.
   La tasa de creación de empleo anual de las pymes a nivel comunitario en este periodo ha sido el doble que en el caso de las grandes empresas europeas con un aumento anual medio del 1% frente al 0,5% de las grandes firmas, porcentaje que sin embargo en el caso de las pequeñas y medianas empresas españolas cae hasta el 0,15% de incremento anual entre 2002 y 2010, según datos del informe.
   En cambio, la tasa de creación de empleo por parte de las grandes empresas españolas en este periodo aumentó un 1,8% frente al 0,5% de media comunitaria, según datos del informe, elaborado por la EIM Business & Policy Reseach con fondos comunitario.
   El comisario europeo de Industria, Antonio Tajani, ha defendido "la relevancia económica" de las pymes porque constituyen "el primer generador de nuevos empleos" al presentar una tasa de creación de empleo "significativamente" superior a las grandes empresas.
   "Su tasa significativa en la creación de empleo pone de relieve su relevancia económica mayor que nunca y la necesidad de apoyarlas. Las pequeñas y nuevas empresas son claramente clave para restaurar el crecimiento económico", ha resaltado el comisario en un comunicado.
   Sin embargo, los empleos en las pymes por efecto de la crisis han caído un 2,4% de media cada año en el conjunto de los Estados miembros por efecto de la crisis, frente a la caída del 0,95% en las grandes empresas europeas.
   En el caso de España, las pymes han destruido 1,5 millones de puestos de trabajo por la crisis entre 2008 y 2010, cerca del 14% del total, según datos del informe. "La pérdida de más de la mitad de dichos trabajos se ha producido en pyme del sector de la construcción y un cuarto en empresas pequeñas de fabricación", según datos del informe. En comparación, "las empresas grandes han perdido alrededor del 9 % de sus empleados durante el mismo período".

http://www.europapress.es/economia/noticia-economia-empresas-pymes-europeas-crearon-85-nuevos-puestos-trabajo-2002-2010-20120116163454.html

viernes, 13 de enero de 2012

Reglas básicas para lanzarte en solitario

La crisis obliga a emprender por necesidad: pero debes analizar sin prisa, aunque sin pausa.

Ideas innovadoras, que requieran de mínima inversión, con recursos propios, de rápida implementación, con costes fijos al mínimo y control de cobros y pagos para generar liquidez… Esas son las reglas de oro para emprender en solitario. No las olvides, si quieres que tu negocio crezca.

1.- Evita las prisas. Que necesites generar recursos para vivir no significa que te precipites en las decisiones que vas a tomar. Emprende, sí, pero con mucha cabeza. Analiza el mercado y busca, principalmente, una necesidad por cubrir o un servicio complementario que aporte un valor añadido a algún producto y/o servicio que ya exista.
2.- Evita poner un negocio de ‘más de lo mismo’, porque seguro que ‘otros’ ya han pensado igual que tu. Por ejemplo, céntrate en mercados emergentes.
3.- Sin prisas, pero sin pausa. Busca un negocio de rápida y sencilla implementación. No te líes en divagaciones filosóficas sobre la idea y no dudes en si es el momento o no de emprender. Recuerda que has